Afirma que gracias a la reforma financiera las entidades harán frente a la devolución "sin ningún tipo de incertidumbre"

Guindos asegura que el mecanismo para devolver las cláusulas suelo será «eficaz» y «rápido»

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Actualizado 01 | 02 | 2017 10:57

El ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, ha defendido que el decreto que fija el mecanismo de devolución de las cláusula suelo busca dar una respuesta «eficaz» a los consumidores afectados y ha afirmado que gracias a la reforma financiera las entidades pueden hacer frente a la devolución de estas cláusulas «sin ningún tipo de incertidumbre».

Así lo ha señalado durante su intervención en el Pleno del Congreso de los Diputados, que debate este martes la convalidación del real decreto ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo indebidas, algo asegurado gracias al apoyo del PP y Ciudadanos y la abstención del PSOE, frente al voto en contra de Unidos Podemos.

De Guindos ha destacado que la norma busca «profundizar en la protección de los consumidores» y dar una respuesta «eficaz» y «rápida» para que los afectados puedan cobrar en el menor plazo posible las cantidades que les fueron indebidamente cobradas por las cláusulas suelo.

En este sentido, ha subrayado que en el sistema financiero es aún «más importante» la transparencia que el capital, algo a lo que contribuyó la reforma del sector, gracias a la cual las entidades «pueden hacer frente a esta situación sin generar ningún tipo de incertidumbre», cuando era «totalmente impensable» hace unos años.

De hecho, ha indicado que si las medidas de transparencia introducidas en 2013 con la reforma financiera se hubiesen desarrollado con anterioridad, se habría evitado «muchos problemas».

En cualquier caso, ha destacado que el 80% de los españoles tienen una vivienda en propiedad, 10 puntos por encima del resto de Europa, lo que refleja «un sistema que funciona pero, como todo, hay que mejorarlo».

VÍA EXTRAJUDICIAL «RÁPIDA Y GRATUITA»

El ministro ha explicado que el decreto ley establece un cauce extrajudicial para resolver, de forma «sencilla, rápida y gratuita», las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales.

En concreto, ha indicado que el procedimiento es obligatorio para la entidad financiera cuando lo solicite el cliente, y ésta tendrá tres meses para llegar a un acuerdo y resolver las reclamaciones. Aunque la vía judicial siempre está abierta, el objetivo de la norma es evitar el colapso de los tribunales y permitir que todo el proceso se lleve a cabo con las debidas garantías para el consumidor.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció el pasado 21 de diciembre que la restitución de cláusulas suelo abusivas debe producirse desde la fecha de la firma del contrato de hipoteca. Con esta decisión, el TJUE aclaró que los efectos económicos de la sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2013 sobre este mismo asunto no se limitan a esta última fecha, sino a toda la vida de la hipoteca.

MEDIDAS COMPENSATORIAS

De igual forma, el cliente y la entidad pueden acordar medidas compensatorias distintas de la devolución en efectivo como, por ejemplo, la novación de las condiciones de la hipoteca, de forma que la entidad podría compensar a los consumidores afectados con la reducción de cuotas hipotecarias.

Igualmente, el consumidor puede decidir acudir a la vía judicial directamente pero, una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto éste, las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial alternativa en relación con la misma reclamación.

COSTAS JUDICIALES

Respecto a las costas judiciales, el decreto ley establece que si el consumidor demanda a la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene es económicamente más favorable para él, la entidad será condenada en costas, ha precisado Guindos.

Por otro lado, si el consumidor acude a la vía judicial directamente sin usar la reclamación previa y la entidad de crédito se allana totalmente antes del trámite de contestación a la demanda, la entidad no será condenada en costas.

TRATAMIENTO FISCAL Y ÓRGANO DE SEGUIMIENTO

En cuanto al tratamiento fiscal de las cantidades percibidas, Guindos ha destacado que se reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para que, en el caso de devolución de cantidades indebidamente cobradas por cláusulas suelo, ya sea en aplicación del acuerdo prejudicial, derivada de cualquier acuerdo con las entidades financieras o del cumplimiento de sentencias o laudos arbitrales, se garantice la neutralidad fiscal para el consumidor.

En detalle, ha especificado que la devolución en efectivo, incluidos los intereses indemnizatorios o las medidas compensatorias, no se integrarán en la base del IRPF, y si el consumidor hubiese deducido cuantías, la regulación será sin sanción ni intereses de demora ni recargos.

Además, ha añadido que se habilita al Gobierno para regular el establecimiento de un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas en el ámbito de aplicación del real decreto ley.

En este órgano estarán presentes consumidores y abogados, y emitirá un informe semestral y velará por que las entidades cumplan sus obligaciones de información, sobre todo, con respecto a personas vulnerables.

TRANSPARENCIA EN LOS CONTRATOS

Al igual que ha hecho durante su comparecencia ante la Comisión de Economía, Guindos ha avanzado que el Gobierno prepara la aprobación de la nueva Ley Hipotecaria, para transponer una directiva europea y favorecer la información contractual y los «elementos sensibles» en las hipotecas, con el fin de evitar «errores» en el futuro.

La futura Ley Hipotecaria obligará a los consumidores a firmar una ficha precontractual de «advertencia estandarizada» en la que diga que acepta y comprende la información sobre el contrato, ha precisado el ministro.

Por último, el titular de Economía también ha agradecido las contribuciones realizadas por los grupos parlamentarios para la elaboración del decreto ley sobre cláusulas suelo, lo que ha permitido conseguir un «amplio consenso», sin el que se habrían producido «retrasos e incertidumbre», con el perjuicio que habría conllevado a los consumidores y el «colapso» de la justicia española.


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