A partir de junio de 2017, 62.000 contribuyentes se verán obligados a gestionar el IVA de manera telemática a través del Suministro Inmediato de Información (SII), un nuevo sistema con el que el Gobierno pretende dar un paso más en la lucha contra el fraude fiscal.
El SII funciona enviando información en tiempo real sobre las transacciones comerciales y afectará a quienes tienen la obligación de autoliquidar el IVA con periodicidad mensual. Las primeras estimaciones consideran que el uso de esta nueva fórmula afectará al 80% de la facturación total de los sujetos pasivos del IVA.
Deberán aplicar este método los inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA, las empresas que facturan más de 6 millones de euros, las que tributan en el régimen especial de grupos de IVA y los contribuyentes que opten por acogerse a través de la correspondiente declaración censal, indican desde Ad&Law, firma especializada en asesoramiento fiscal a empresas
La asesoría también explica que “mediante este sistema, los contribuyentes están obligados a enviar la información de los registros de facturación a la Agencia Tributaria (AEAT), lo que hará que los libros de registro de IVA se mantengan actualizados en la sede electrónica del organismo”.
La implantación de este sistema conlleva, además, la supresión de importantes obligaciones formales, como la exoneración de presentar la declaración de operaciones con terceras personas y la reducción de los plazos de realización de las devoluciones y la disminución de los requerimientos de información por parte de la Agencia Tributaria, “ya que esta dispondrá de más información sobre los contribuyentes casi en tiempo real”.
Con este cambio, los libros registro de IVA serán llevados directamente por la AEAT y estarán a disposición de los contribuyentes incluidos en el mismo, por lo que podrán verificar el detalle de las operaciones que se les imputan y usar esa información para contrastar sus declaraciones.
Este nuevo sistema afecta al conjunto de los libros registro que deben llevar los sujetos pasivos del IVA: libro registro de facturas expedidas, libro registro de facturas recibidas, libro registro de bienes de inversión y libro registro de otras operaciones comunitarias.
La implantación delSII supone “un cambio que presentará dificultades en el inicio de su puesta en marcha. Aunque también presenta aspectos positivos, como el aumento de la seguridad jurídica al obtener de la propia AEAT la información necesaria de proveedores y clientes a la hora de presentar las autoliquidaciones de IVA”.
Asimismo, el SII tendrá ventajas como “la supresión de obligaciones formales como la presentación de determinadas declaraciones informativas por el Impuesto, la previsible reducción de los plazos de realización de las devoluciones por parte de la AEAT y la ampliación de los plazos para presentar las autoliquidaciones mensuales del IVA en 10 días naturales, con carácter general”, según indican desde Ad&Law.