¿Qué forma jurídica elegir a la hora de emprender?

¿Qué forma jurídica elegir a la hora de emprender?

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Actualizado 18 | 12 | 2016 11:02

Forma jurídica para emprender

Una de las primeras decisiones que debe afrontar un nuevo emprendedor es la forma jurídica que va a adoptar para llevar a cabo sus actividades. Son muchos los factores que hemos de tener en cuenta si queremos aprovechar al máximo las ventajas que ofrece cada modelo jurídico en materia de flexibilidad, capacidad de contratación o fiscalidad, entre otras.

Comenzar una actividad profesional supone una serie de obligaciones y la adquisición de unas responsabilidades tributarias inherentes a cada modelo de negocio, así como también unas limitaciones derivadas de su carácter individual o colectivo. A continuación te presentamos algunos puntos que deberías tener en cuenta a la hora de sopesar las ventajas e inconvenientes de las tres principales alternativas: autónomo, sociedad o cooperativa.

¿Eres un empresario individual?

En términos de forma jurídica, es lo mismo ofrecer un servicio de consultoría freelance desde tu propia casa que emprender un negocio de conversión a gas para vehículos antiguos. Un empresario individual es una persona física que desarrolla una actividad por cuenta propia, no depende de nadie para tomar las decisiones que atañen a su negocio y por lo tanto no está sujeto a contratación por parte de otra empresa, aunque puede compaginarla. Como figura que ejerce una actividad laboral y comercial, está obligado a darse de alta en la Seguridad Social como autónomo y al mismo tiempo, ha de liquidar el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Quizás te convenga una forma jurídica de un modelo de asociados

Si el proyecto que tienes entre manos es una iniciativa colectiva, deberías plantearte la constitución de una Sociedad Limitada. En este modelo, los socios fundan un ente con personalidad jurídica propia, mediante la aportación de un capital inicial mínimo de 3.000 €. El capital se divide en participaciones sociales, repartidas en función de cuánto haya contribuido cada socio.

Otra alternativa asociativa orientada a grandes empresas es la constitución de una Sociedad Anónima, la cual coincide en algunas características con la Sociedad Limitada, pero en este caso el capital inicial necesario para constituirla es mayor, concretamente 60.000 €. Las aportaciones de los socios se dividen en acciones en lugar de participaciones sociales. Algo que tienen en común es su forma de tributar, mediante la liquidación del Impuesto de Sociedades, que grava el rendimiento económico derivado de su actividad mercantil.

Responsabilidad limitada: protege tus bienes

En contraposición al modelo de empresario individual, donde este mismo responde con todos sus bienes de las deudas contraídas por su empresa, sea de la índole que sea, en el caso de las sociedades mercantiles, sus socios no responden de las deudas de la sociedad con todo su patrimonio, sino que la responsabilidad se limita al capital aportado.

Esto es una cuestión crucial cuando se presentan malos tiempos. Si tu negocio no tiene una gran envergadura y por sus características no es capaz de generar una deuda considerable, un régimen de iniciativa individual puede representar mejor tus intereses, pero cuando el volumen de recursos que manejas aumenta, no es una mala estrategia salvaguardar el techo bajo el que duermes mediante la constitución de una sociedad mercantil de responsabilidad limitada.

Cooperativa de trabajo asociado

El formato cooperativista plantea la asociación de personas individuales en pos de la consecución de unos objetivos económicos comunes. Los socios se adhieren o causan baja de forma voluntaria y la estructura organizativa plantea una administración mancomunada basada en principios democráticos. También han de liquidar el Impuesto de Sociedades pero lo hacen en un régimen especial.

Vale la pena recordar que no siempre es posible prever la forma de constitución jurídica que necesitarás en el futuro, así que céntrate en aquella que más convenga a tu situación inicial y deja que el marco legal de tu negocio evolucione de forma paralela a tu actividad empresarial.


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