Los Veintiocho han dado este lunes luz verde a los límites propuestos por la Comisión Europea para garantizar el «uso justo» por parte de los usuarios de las comunicaciones sin sobrecostes desde otro Estado miembro (‘roaming gratuito’), una vez que se ponga fin a los recargos por itinerancia dentro de la Unión Europea el 15 de junio del próximo año.
El documento de Bruselas, avalado ahora por los Estados miembros, aclara algunos elementos como el plazo mínimo de dos semanas que las operadoras deberán dar a los usuarios para explicar un uso «abusivo» de las tarifas sin recargos.
Las nuevas normas deberían estar adoptadas el próximo jueves, 15 diciembre, con el objetivo de que las compañías de telefonía tengan tiempo de adaptarse a las nuevas condiciones antes de junio de 2017.
El Ejecutivo comunitario ha tenido que diseñar una nueva propuesta, tras verse obligado a retirar por las críticas una primera que limitaba la itinerancia gratuita a 90 días.
En ella, acota el «uso justo» de las tarifas sin recargos y aclara cuáles son las pruebas que las compañías podrán exigir a sus clientes, para que estos demuestren un «vínculo estable» con el Estado miembro a cuyas tarifas se acoge.
El operador tendrá que haber detectado un uso irregular de su tarifa, por ejemplo porque su consumo es mayor en el extranjero que en su Estado de residencia, durante un periodo de al menos cuatro meses antes de iniciar el proceso contra un cliente por presunto «abuso».
El Ejecutivo comunitario ha explicado este periodo de observación mínimo como una garantía de que no habrá un escrutinio demasiado intrusivo de las actividades del usuario, ni peticiones de documentación.
Así, si la factura del cliente apunta que durante ese tiempo ha estado más en otro Estado miembro que en el propio o que ha consumido más datos durante sus viajes por la UE, entonces la empresa podría enviarle un «mensaje de alerta».
Esta alerta dará un plazo de 14 días al usuario para justificar su situación de viaje o modificar sus pautas de consumo. «Sólo se le podrá imponer una carga muy baja por itinerancia», ha advertido Bruselas, en el caso de que las explicaciones del usuario no sean satisfactorias.
La Unión Europea ha anunciado el fin de los recargos por comunicaciones en itinerancia a partir de junio de 2017, pero en la práctica prepara esta serie de límites para asegurar que «no se producen abusos o distorsiones» del mercado, ni que los consumidores sufren los efectos adversos de una subida de precios.
Además de las restricciones a los usuarios, sobre las que se ha logrado ahora el acuerdo, los Veintiocho y la Eurocámara deben negociar también otras salvaguardas en relación con los precios máximos para mayoristas, un asunto que aún divide a las partes y cuyas negociaciones arrancan esta semana.