La OCU considera «necesario» mantener la neutralidad de la red «para proteger la identidad y el carácter abierto con el que nació Internet» y respetar la libertad de los consumidores en la red, por lo que pide evitar que se establezcan limitaciones por parte de los operadores al uso de Internet.
El pasado 25 de agosto se aprobaron las últimas modificaciones de la nueva normativa sobre neutralidad de la red en la Unión Europea que regula el acceso a Internet para lograr un acceso libre y neutral.
INTERNET LIBRE
La organización de consumidores se ha mostrado «preocupada» por las limitaciones o excepciones que recoge la regulación, como la posibilidad de que las compañías de telecomunicaciones puedan limitar el acceso de los usuarios a la red para cumplir con una orden judicial, por temas de seguridad o para evitar o mitigar «congestiones».
Estas limitaciones implican en la práctica que en determinadas circunstancias las empresas de telecomunicaciones podrían controlar el tráfico en Internet, según la OCU, que lo considera «algo muy controvertido».
«La normativa europea establece que estas situaciones se deben reportar y deben responder a unos parámetros de calidad determinados para evitar que sucedan abusos», ha explicado la organización de consumidores, que ha advertido que «habrá que ver cómo se justifican las congestiones y el número de ellas que tenga cada operador» y que «necesariamente deberán ser datos públicos y transparentes».
De acuerdo con la OCU, para garantizar una oferta adecuada de bienes y servicios a nivel global cualquier empresa tiene que poder darse a conocer y vender sus productos o servicios sin preocuparse por el operador que usen sus potenciales clientes.
Así, los consumidores podrán elegir el contenido o las aplicaciones ‘online’ que deseen sin que su funcionamiento y rapidez se vea priorizado o afectado por las operadoras de telecomunicaciones. Para OCU, es «fundamental» que las compañías de telecomunicaciones «no se conviertan en ‘guardianes’ del acceso a Internet ni que puedan decidir a qué contenidos ‘online’ pueden acceder o no los consumidores».
PROHIBICIÓN DE LA ‘CUOTA CERO’
Por otra parte, la OCU ha destacado que la práctica de la ‘cuota cero’ o ‘zero rating’ (la no contabilización del consumo de datos de determinadas aplicaciones una vez superado el límite de datos de la tarifa de algunos operadores), «ahora común en el mercado», estará prohibida a partir de la aplicación de la directiva europea sobre neutralidad de la red.
En opinión de la organización de consumidores, la eliminación de esta posiblidad «puede implicar en la práctica un mayor consumo por parte de los consumidores y posiblemente facturas más elevadas».
Sin embargo, «pese a que a priori pueda parecer una medida que penaliza a los consumidores», la OCU considera que «favorece la competencia y no limita la entrada de nuevas aplicaciones o competidores en el mercado», por lo que «a la larga puede resultar beneficioso para los consumidores».