El calendario fiscal del mes de agosto ofrece un respiro a los autónomos y PYMES, puesto que no presenta apenas obligaciones para estos colectivos. Después de la avalancha de impuestos soportada en julio, las entidades se toman un respiro y unas merecidas vacaciones. No obstante, existen ciertas obligaciones que vencen este mes y conviene repasarlas.
Hasta el 1 de agosto
- NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
Segundo trimestre 2016. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito:modelo 195 - IMPUESTO SOBRE DEPÓSITOS EN LAS ENTIDADES DE CRÉDITO
Autoliquidación 2015: modelo 411
Pago a cuenta. Autoliquidación 2016: modelo 410
Hasta el 22 de agosto
Sólo para grandes empresas:
- RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Julio 2016: modelo 111, modelo 115, modelo 117, modelo 123, modelo 124, modelo 126, modelo 128, modelo 230. - IVA
Julio 2016. Autoliquidación: modelo 303
Julio 2016. Grupo de entidades, modelo individual: modelo 322
Julio 2016. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro IVA e IGIC y otras operaciones: modelo 340
Julio 2016. Grupo de entidades, modelo agregado: modelo 353
Julio 2016. Operaciones asimiladas a las importaciones: modelo 380 - IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Mayo 2016. Modelos modelo 553, modelo 554, modelo 555, modelo 556, modelo 557, modelo 558
Mayo 2016. Modelos: modelo 561, modelo 562, modelo 563
Julio 2016: Modelos: modelo 548, modelo 566, modelo 581
Julio 2016: Modelos: modelo 570, modelo 580
Segundo trimestre 2016. Excepto grandes empresas: modelo 553, modelo 554, modelo 555, modelo 556, modelo 557,modelo 558
Segundo trimestre 2016. Excepto grandes empresas: modelo 561, modelo 562, modelo 563
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: modelo 510.
- IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
Julio 2016. Grandes empresas: modelo 560
Hasta el 31 de agosto
Se podrán presentar los modelos 349 del IVA y modelo 430 del Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 20 de septiembre.