Asegura que el riesgo de falta de detección del fallecimiento de un beneficiario de pensión es "prácticamente nulo o inexistente"

La Seguridad Social desmiente «rotundamente» que 30.000 personas fallecidas cobren pensión pública

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Actualizado 28 | 07 | 2016 18:05

Pensiones personas fallecidas

El Ministerio de Empleo ha negado «de forma clara y rotunda» que la Seguridad Social esté abonando a casi 30.000 personas fallecidas una pensión pública, como así afirma el Tribunal de Cuentas en un informe difundido ayer viernes.

En dicho informe, el organismo fiscalizador advertía de que la Seguridad Social pagó en 2014 pensiones a 29.231 personas que habían fallecido, con un coste de al menos 25,3 millones de euros. Asimismo, subrayaba que el 95% de esas 30.000 personas seguían figurando como perceptores de una pensión en octubre de 2015.

El organismo llegaba a esa conclusión tras contrastar las nóminas de los pensionistas de diciembre de 2014 con la base de datos de fallecidos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

El Ministerio de Empleo ha salido al paso de estos datos y ha subrayado que estas afirmaciones del Tribunal de Cuentas «no se corresponden con la realidad».

En este sentido, el departamento que dirige en funciones Fátima Báñez ha indicado que la Seguridad Social controla las defunciones de pensionistas a través de cuatro vías: el intercambio diario y automático de datos de defunciones con el Ministerio de Justicia; intercambio mensual de datos de defunciones con el INE; detección de fallecimientos por las direcciones provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y la obligación para los residentes en el extranjero de presentar anualmente una fe de vida.

Empleo argumenta que del total de defunciones producidas en España en 2014 (395.830), el 95% de las mismas fueron comunicadas por Justicia al INSS a través del intercambio electrónico diario con un desfase inferior a seis días entre la fecha de la defunción y la fecha de la comunicación. «El 5% restante se detecta a través del INE, así como a través el resto de procedimientos citados anteriormente», añade.

El Ministerio asegura que este procedimiento garantiza el máximo rigor en el abono de las pensiones. «El riesgo de falta de detección del fallecimiento de un beneficiario de pensión es prácticamente nulo o inexistente», defiende.

En todo caso, recuerda que, de producirse un abono indebido de una prestación por cualquier causa, la Seguridad Social puede reclamar su devolución, «lo que garantiza en todo momento la protección de los recursos públicos».

Asimismo, explica que el procedimiento para reclamar y recuperar retrocesiones bancarias más allá de cuatro años se ha centralizado, encomendándose a la dirección general de la Tesorería General de la Seguridad Social su reclamación a la entidad financiera correspondiente.


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