El supervisor define como "realista" el nivel actual de provisiones de la banca y dice que permite afrontar el futuro "con garantías"

El Banco de España vigilará la concesión de crédito a pérdida y avisa de que es «hacer trampas»

©Europa Press

Actualizado 08 | 05 | 2016 11:25

El Banco de España vigilará que la entidades financieras tengan en cuenta el coste del préstamo a la hora de definir una estrategia en la concesión de crédito, de modo que se evite el conocido como ‘dumping’ comercial. «Dar préstamos por debajo de costes no es competir, es hacer trampas», han advertido fuentes del supervisor.

Esta es una de las principales novedades en la modificación de la circular contable de las entidades de crédito (Circular 4/2004) que ha aprobado el consejo de gobierno del Banco de España, cuyo principal objetivo persigue actualizar el anejo IX sobre «análisis y cobertura de crédito».

Desde el Banco de España se ha enfatizado en que dar créditos a pérdida no debería centralizar la política comercial de un banco «en ningún caso», al considerar que no responde a una «competencia sana». La circular contable recoge, al igual que las normas internacionales, que las operaciones de crédito deben reconocerse en el momento de su concesión por su valor razonable y no por el precio de la transacción.

De esta forma, si el precio de la transacción se sitúa por debajo del valor razonable, el banco tendría que reconocer una pérdida anotándoselo como gasto. Este reconocimiento podría ser inmediato en caso de que la prima de riesgo del préstamo fuera un «dato observable» o bien aplicárselo de forma diferida.

En cuanto a las categorías en que se clasifican contablemente las operaciones en función del riesgo de insolvencia del titular o la operación (normales, dudosos y fallidos), las principales novedades son la desaparición de la categoría de subestándar y la inclusión de una nueva subcategoría de riesgos en «vigilancia especial» dentro de los riesgos normales.

Esta nueva subcategoría incluye las operaciones con «debilidades en su solvencia» pero sin plantear dudas sobre su reembolso total, como las operaciones reestructuradas o refinanciadas.

En este sentido, las operaciones de crédito por debajo de costes se clasificarán como riesgo «normal», pero el Banco de España obligará a las entidades a revisarlas para valorar si la clasifican como normal «en vigilancia especial». «La concesión de crédito por debajo del precio no es automáticamente una clasificación peor», precisan desde el Banco de España.

CRÉDITO MÁS BARATO DE LO QUE DEBERÍA DE SERLO

El supervisor ha admitido que el crédito en España «es más barato» que lo que debería ser si se compara con indicadores de mercado como la deuda pública o la prima de riesgo. El Banco de España ha aclarado que con la nueva circular no se pretende que el precio de los préstamos, por ejemplo a pymes, se incremente, sino que más bien persigue evitar el ‘dumping’.

«Se quiere evitar que se tiren los precios para ganar cuota de mercado y luego se suban», han asegurado las fuentes, que ejemplifican la importancia de que la política de concesión de crédito no dependa del departamento de marketing del banco para ganar cuota, sino que en todo momento se tenga conocimiento del coste del préstamo.

El organismo liderado por Luis María Linde estima que el grueso de las clasificaciones anteriormente consideradas como subestándar pasarán a la nueva subcategoría de «normal en vigilancia especial», con un leve incremento de los dudosos.

SIN IMPACTO EN LAS ENTIDADES

El Banco de España asegura que ninguna de las entidades «significativas» españolas tenga problemas para absorber el impacto de esta circular y defiende que la actualización de la circular no se realiza para modificar el actual nivel de provisiones de la banca española. «El nivel de provisiones actual es realista y va a permitir afrontar el futuro con garantías», han zanjado desde el supervisor.

La nueva circular se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este viernes. El anejo IX actualizado entrará en vigor el próximo 1 de octubre, al retrasarse desde la fecha inicialmente prevista (junio) para facilitar a los bancos su adaptación, según reconocen desde el supervisor.


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